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El BOP de hoy 4 de septiembre recoge la convocatoria de ayudas, que por importe de 60.000 euros, tienen como fin la realización de mejoras estructurales en las instalaciones de sus establecimientos o en las prestaciones técnicas que ofrecen a los clientes en los mismos. El plazo finaliza el 5 de octubre.
La convocatoria de ayudas del Patronato Provincial de Turismo de Palencia, por importe de 60.000 euros, a las empresas turísticas de la Provincia se publica hoy en el Boletín Oficial con el objeto de que las interesadas puedan ya preparar su solicitud y entregarla en su registro general hasta el día 5 de octubre próximo. El objeto de las mismas es apoyar a las empresas turísticas en la realización de mejoras estructurales en las instalaciones de sus establecimientos o en las prestaciones técnicas que ofrecen a los clientes en ellos. Los beneficiarios serán las empresas turísticas, este año se da prioridad a las ubicadas en los municipios del Camino de Santiago a su paso por nuestra provincia, bien sean personas físicas o jurídicas, y las comunidades de bienes, que desarrollen sus actividades en municipios de la Provincia de Palencia de menos de 10.000 habitantes y siempre que cumplan todas las estipulaciones que la normativa vigente exige para este tipo de empresas. La documentación requerida, que se recoge en las bases de la convocatoria, que publica en su edición de hoy 4 de septiembre el Boletín Oficial de la Provincia, se presentará en el registro del propio Patronato en la C/ Mayor, 31-Bajo, o por cualquiera de los medios establecidos por el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo. Se valorarán en la concesión de las subvenciones, además de su ubicación, elinterés y repercusión turística del proyecto de inversión presentado y la calidad e innovación del proyecto. No se considerarán subvencionables los gastos derivados de la creación, modificación o actualización de páginas web. La presente subvención, que puede llegar hasta el 50% de la inversión, será compatible con otras para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, sin que en ningún supuesto el importe total de las subvenciones o ingresos recibidos supere el coste de la actividad subvencionada.
Fuente: Diputación de Palencia.
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